INFORME VISITA A OBRAINFORME VISITA A OBRA

INFORME VISITA A OBRA

MARCO TEÓRICO

¿QUE SE ENTIENDE POR OBRA DE CONSTRUCCIÓN? 

Cualquier obra pública o privada donde se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil, como las detalladas a continuación:

  • Excavación.
  • Movimiento de tierras.
  • Construcción.
  • Montaje y desmontaje de elementos prefabricados. Acondicionamiento o instalaciones.
  • Transformación, rehabilitación, reparación, desmantelamiento, derribo, mantenimiento, conservación, trabajos de pintura, limpieza y saneamiento.

¿QUIÉNES INTERVIENEN EN LAS OBRAS? 

  • Promotor: Persona física o jurídica por cuenta de la cual se realiza una obra.
  • Coordinadores de Seguridad y Salud:
  • Durante la fase de elaboración del proyecto:

Técnico competente designado por el promotor para coordinar los principios generales de prevención y de seguridad durante la fase de elaboración del proyecto.(Se designará un coordinador de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obra, cuando en la elaboración del mismo intervengan varios proyectistas).

Durante la fase de ejecución de la obra:

Técnico competente integrado en la dirección facultativa, designado por el promotor para coordinar las actividades de la obra aplicando los principios generales de prevención y seguridad. Se designará un coordinador de seguridad y salud durante la fase de ejecución de la obra, cuando en la ejecución de la misma intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos. La designación de ambos coordinadores podrá recaer en una misma persona.

Contratista:

Persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad de la obra, o una parte de la misma con sujeción al proyecto y al contrato. Subcontratista: Persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista, empresario principal, el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra con sujeción al proyecto por el que se rige su ejecución.

OBLIGACIONES DEL PROMOTOR 

Designar a los Coordinadores de Seguridad. Designar al técnico competente, para que se realice durante la fase de redacción del proyecto de obra el Estudio de Seguridad y Salud o el Estudio Básico de Seguridad y Salud, en su caso.

OBLIGACIONES DE LOS COORDINADORES DE SEGURIDAD Y SALUD 

COORDINADOR DURANTE LA FASE DEL PROYECTO DE OBRA

Coordinar la aplicación de los Principios Generales de Prevención y de Seguridad y Salud, en la toma de decisiones constructivas, técnicas y de organización, planificando los trabajos que se desarrollan simultánea o sucesivamente y al estimar la duración de los trabajos.

 COORDINADOR DURANTE LA FASE DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE OBRA

Coordinar la aplicación de los Principios Generales de Prevención y de Seguridad, al tomar las decisiones técnicas y de organización para planificar los trabajos que se desarrollen simultanea o sucesivamente y al estimar la duración requerida para la ejecución de los trabajadores.

Coordinar las actividades de la obra garantizando la aplicación coherente y responsable de los principios de la actividad preventiva por contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.

Aprobar el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el contratista y las modificaciones introducidas en el mismo, en su caso. Organizar la coordinación de actividades empresariales de la LPRL.

Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo. Restringir el acceso a la obra al personal autorizado.

 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Y SUBCONTRATISTA 

Aplicar los principios de la Actividad Preventiva durante la ejecución de la obra.
Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el Plan de Seguridad y salud. Cumplir la normativa en materia de Prevención de Riesgos. Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos y a los demás trabajadores, sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra.

ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD 

Se debe elaborar cuando concurra en la obra alguno de los siguientes supuestos:
Que el presupuesto de ejecución por contrata sea igual o superior a 75 millones de ptas. Que la duración estimada sea superior a 30 días laborales, siendo empleados más de 20 trabajadores simultáneamente, en algún momento.

Que el volumen de mano de obra estimada sea superior a 500, (suma de los días de trabajo del total de los trabajadores de la obra). En obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas. Lo elabora el técnico competente designado por el Promotor o en su caso, por el Coordinador de Seguridad y Salud en la fase del Proyecto de obra.

 CONTENIDO MÍNIMO DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD 

MEMORIA DESCRIPTIVA

Procedimientos, equipos técnicos, y medios auxiliares que hayan de utilizarse. Identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando las medidas necesarias para ello, y de aquellos que no puedan eliminarse, determinando las medidas técnicas para su reducción y control.  Descripción de los servicios sanitarios y comunes de los que deberá estar dotada la obra en función del número de trabajadores que vayan a utilizarlo.

Pliego de condiciones particulares teniendo en cuenta las normas legales y reglamentarias aplicables a las especificaciones técnicas propias de la obra, así como las prescripciones a cumplir relativas a las características, la utilización y la conservación de máquinas, herramientas, sistemas y equipos preventivos.
Planos en los que se desarrollarán los gráficos y esquemas necesarios para la mejor definición y comprensión de las medidas preventivas definidas en la memoria, expresando las especificaciones técnicas necesarias. Mediciones de todas las unidades o elementos de seguridad y salud proyectados. Presupuesto cuantificador del conjunto de gastos previstos para la aplicación y ejecución del Estudio de Seguridad y Salud. El Estudio de Seguridad y Salud forma parte del proyecto de ejecución de obra, y será coherente con el contenido del mismo, recogiendo las medidas preventivas adecuadas a los riesgos que conlleve la realización de la obra.

ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD 

Se elaborará en la fase de redacción del proyecto de obra cuando no sea necesario elaborar el Estudio de Seguridad y Salud.

Será elaborado por el técnico competente designado por el Promotor, o en su caso por el Coordinador en materia de Seguridad y – Salud durante la elaboración del proyecto de obra.

 CONTENIDO DEL ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD: 

Identificación de riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando medidas técnicas para ello.

Relación de riesgos laborales que no puedan eliminarse especificando medidas preventivas y de protección para la reducción y control de los mismos. Tanto el Estudio de Seguridad y Salud como el Estudio Básico de Seguridad y Salud, contemplarán las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.

 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 

Cada contratista debe elaborar un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el que se analizan, estudia, desarrollan y complementan las previsiones contenidas en el Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico. Incluye las medidas alternativas de prevención que el contratista propone con su justificación técnica, no pudiendo implicar una disminución de los niveles de protección previstos en el Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico. Se aprueba antes del inicio de la obra por el Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la fase de ejecución de la obra.
Podrá ser modificado en función del proceso de ejecución de la obra y de la evaluación de los trabajos, a tal efecto, el Plan de Seguridad y Salud estará en la obra a disposición permanente de contratistas, representantes de los trabajadores y responsables de prevención de riesgos laborales de las empresas intervinientes en la obra.

 LIBRO DE INCIDENCIAS 

Existirá un Libro de Incidencias en cada centro de trabajo para el seguimiento del Plan de Seguridad y Salud, que constará de hojas por duplicado, habilitado al efecto. Estará permanentemente en la obra en poder del Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la fase de ejecución de la obra.

 TIENEN ACCESO AL LIBRO DE INCIDENCIAS: 

La Dirección Facultativa, los Contratistas y Subcontratistas y los Trabajadores Autónomos. Los responsables en materia de prevención de riesgos laborales de las empresas intervinientes.  Los representantes de los trabajadores. Los técnicos de órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las administraciones públicas competentes. Efectuando una anotación en el Libro de Incidencias, el Coordinador en materia de Seguridad y salud en la fase de ejecución de la obra remitirá en el plazo de 24 horas una copia a la Inspección de trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realice la obra.

continuara…..

REFERENCIAS DE BÚSQUEDA

  • – Informe visita a obra
  • – Informe visita a obra
  • – Informe visita a obra
  • – Informe visita a obra
  • – Informe visita a obra
  • – Informe visita a obra
  • – Informe visita a obra
  • – Modelo de informe de obra
  • – Como hacer un informe de obra 
  • – Formato de informe de visita a obra

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3 comentarios en «INFORME DE VISITA DE OBRA»
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